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8 de octubre de 2025 0 Comentarios
Régimen de Origen
Desde el 30 de septiembre de 2025 rige el Protocolo Adicional 69 con reglas actualizadas para que productos accedan a preferencias arancelarias.

El Acuerdo de Complementación Económica (ACE) N° 35, que vincula a los países del Mercosur y Chile, introdujo un Protocolo Adicional 69, correspondiente al Anexo 13, que regula el Régimen de Origen. Ese nuevo conjunto de normas reemplaza las reglas anteriores y define qué productos pueden gozar de desgravación arancelaria total si cumplen con los criterios de origen estipulados. 

Aunque el protocolo fue acordado en junio de 2024, su entrada en vigor se efectiviza ahora en los intercambios entre Argentina, Brasil y Chile. Para Paraguay y Uruguay, la adopción dependerá aún de procesos internos. 

Principales modificaciones en el régimen de origen 

  • Se revisó completamente la redacción del régimen para mayor claridad normativa. 
  • Introducción de definiciones clave como tolerance o el principio de non-alteration.
  • Se amplió la vigencia del certificado de origen a un año.
  • En varios casos, se incorpora la autocertificación, sujeta a acuerdo entre partes, sin eliminar la certificación por entidades externas. 
  • Cambio sustancial en la fórmula de cálculo: ahora se mide el valor máximo de los materiales no originarios en vez del valor agregado regional.
  • Nuevas reglas para la Declaración Jurada de Origen (DJO) y optimización en los procesos de verificación y control. 
  • Se realizaron ajustes específicos en los apéndices automotrices, flexibilizando criterios aplicables a tecnologías emergentes, con foco en la colaboración con Argentina.

Estas modificaciones se alinean con el nuevo Régimen de Origen Mercosur (ROM) bajo la DEC. CMC N°05/23 y con los múltiples acuerdos comerciales que Chile y el Mercosur negocian simultáneamente. 

Ventajas, desafíos y perspectivas para Chile

La actualización normativa representa un paso importante para fortalecer el comercio bilateral. Permite que los productos que cumplan los nuevos criterios ingresen con preferencias arancelarias, en muchos casos con desgravación del 100 %, es decir que, si el producto cumple la regla de origen, éste ingresa al mercado, sin el pago de aranceles.

Para que esto funcione efectivamente, se requieren mecanismos sólidos de control, transparencia y coordinación entre los países involucrados. Si bien la ventaja arancelaria abre mercados, la clave estará en que las reglas de origen sean la llave real para acceder a ellos, no un obstáculo burocrático. 

 


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IB

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